Podríaparecer que, esta vía, abre las compuertas a un aluvión de exoneraciones con mantenimiento de la vivienda, pero no debemos de olvidar que el concurso tiene como finalidad proteger los intereses de los acreedores, y que no obstante, y al margen de interpretaciones teleológicas, no entra en la cabeza de nadie
Sobrela base de la nueva Ley de Segunda Oportunidad vigente desde septiembre de este año 2020, un Juzgado de Primera Instancia de El Vendrell, Tarragona, ha dictado el primer auto de concurso exprés de persona física no empresaria de España. Valencia a dieciocho de noviembre del año dos mil veinte.
Conforme al artículo 232.3, primer párrafo in fine LC, cuando el deudor sea una persona física que no tenga la condición de empresario “inscribible” (debe entenderse en el Registro Mercantil), o sea una persona jurídica “no inscribible”, es decir, no empresaria (asociaciones, fundaciones o sociedades civiles con objeto civil, entre otras).
Recuerdeque • El procedimiento concursal se inicia cuando una persona física o jurídica entra en situación de insolvencia. • El procedimiento consta de tres fases: declaración de concurso, fase común para la determinación de la masa activa y pasiva; y fase solutoria o de salida del concurso. • El concurso voluntario es aquel instado por el propio deudor,
Elpreconcurso es una figura que permite a un deudor persona natural o jurídica que realice una actividad empresarial o profesional, iniciar conversaciones con sus acreedores para alcanzar un plan de reestructuración, durante un periodo inicial de 3 meses. Actualización del post sobre preconcurso de acreedores tras la reforma
JuanAnguix, junto a su abogado, entrando en el Palacio de Justicia de Elche ANTONIO AMORÓS. Tras consumarse el descenso, Anguix iba a dimitir, por jivC.